06/06/2020

Nuevas medidas que entrarán en vigor el lunes 8 de junio tras el paso de la Comunidad de Madrid a la Fase 2

Una vez que la Comunidad de Madrid ha pasado a la Fase 2 del Plan de Transición, se han publicado en el BOE diferentes medidas que serán de aplicación a […]


Una vez que la Comunidad de Madrid ha pasado a la Fase 2 del Plan de Transición, se han publicado en el BOE diferentes medidas que serán de aplicación a partir del lunes 8 de junio. Se podrá circular por la provincia respetando siempre las medidas de seguridad e higiene, así como el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad de al menos dos metros, en grupos de un máximo de 15 personas, si bien este límite no se aplicará entre convivientes. Quedan eliminadas las franjas horarias para realizar actividad física no profesional y para los paseos, tanto de adultos como de menores, a excepción de las personas mayores de 70 años, cuya franja horaria será de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas.

En materia de transporte público seguirá siendo obligatoria la mascarilla y se podrán usar la totalidad de los asientos. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios. Desde la Consejería de Transportes de la Comunidad de Madrid, se van a reforzar los servicios de autobuses urbanos e interurbanos y el Metro recupera su horario de cierre habitual a la 1:30 horas.

Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo, manteniendo la distancia interpersonal. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.

Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, con independencia de que los mismos sean convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas y siempre respetando las medidas de distanciamiento e higiene.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados, manteniendo siempre las medidas de seguridad.

COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS 

Podrán reabrir todos los locales y establecimientos minoristas con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre cumpliendo las normas estipuladas, con un 40% del aforo total y un horario de atención prioritario para mayores de 65 años. Los centros comerciales podrán reabrir al público y los clientes podrán transitar por las zonas comunes, sin permanecer en ellas. El aforo se limita al 30% de sus zonas comunes y al 40% en cada uno de los establecimientos comerciales. No se podrán usar las zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN 

Los establecimientos podrán abrir para consumo en el local, salvo los locales de ocio nocturno, siempre que no se supere el 40% del aforo, y sólo podrá realizarse sentado en mesas, pues en ningún caso se admitirá el autoservicio en barra. Las terrazas al aire libre mantendrán la limitación y la ocupación máxima de 15 personas, debiendo respetar todas las medidas de seguridad e higiene correspondientes.

SERVICIOS SOCIALES

Se permitirán las visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores, siempre con cita concertada.

ACTIVIDADES CULTURALES

Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos con las medidas de seguridad pertinentes. En las bibliotecas podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala, siempre que no se supere un tercio del aforo. Se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos, catálogos de acceso público en línea o publicaciones electrónicas, y se permitirá el préstamo interbibiotecario. La sala de estudio permanecerá cerrada, al igual que las colecciones de libre acceso y la sala infantil, si bien se pueden prestar libros bajo petición y cita previa.

Las salas de exposiciones podrán abrirse al público siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y siempre adoptando las medidas necesarias. De igual manera se procederá a la reapertura al público de monumentos y otros equipamientos culturales, siempre que las visitas no superen un tercio del aforo. En ningún caso podrán desarrollarse otras actividades culturales distintas de las visitas, siempre siguiendo las medidas de seguridad específicas.

Los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar la actividad, siempre con la limitación de un tercio del aforo. Si la actividad es en un lugar cerrado no se podrán reunir más de 50 personas, y si es al aire libre, el aforo máximo será de 400 personas, siempre guardando la distancia necesaria. Se permite la prestación de servicios complementarios, como la cafetería.

EDUCACIÓN

Como en la Fase I, respecto al periodo de admisión, se continuará la atención presencial mediante cita previa para consultas y reclamaciones del proceso de Admisión y la escolarización en la Escuela Infantil Municipal y Casa de Niños. Se ha procedido a la desinfección de los centros educativos según establece la normativa porque los colegios pueden abrir sus puertas para atender a alumnado que necesite refuerzo en Primaria, de manera voluntaria y por requerimiento del profesorado.

Se permitirá la apertura de centros educativos no universitarios, de formación, academias y autoescuelas, limitando su aforo a un tercio y priorizando la formación online.

DEPORTES (En breve se publicarán las instalaciones deportivas municipales que reabrirán y las condiciones de uso)

Se podrán reabrir las instalaciones deportivas cubiertas, permitiéndose la práctica deportiva individual o aquellas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas, siempre sin contacto físico y manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección. Asimismo se respetará el límite del 30% del aforo en cada instalación. La actividad deportiva requerirá concertar cita previa y está permitido el uso de los vestuarios. Únicamente puede acceder con el deportista un entrenador en el caso de ser necesario. De igual manera los clubes deportivos podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de 14 personas.

Se pueden abrir las piscinas al aire libre o cubiertas para la realización de actividades deportivas, siempre con cita previa y un aforo máximo del 30%. Tienen acceso preferente los deportistas integrados en clubes deportivos, a través de la correspondiente licencia. También se pueden abrir al público las piscinas recreativas, igualmente con cita previa y un aforo máximo del 30%. Si las condiciones de la piscina no permiten mantener la distancia de seguridad entre usuarios, se reducirá el aforo. Se deben cumplir siempre las normas de higiene y prevención en lo referente a la desinfección.

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio del aforo y se mantengan las medidas establecidas en el ámbito de la hostelería y restauración. Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas y respetándose la distancia mínima de seguridad. Se podrán a realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas, debiendo concertarse estas actividades mediante cita previa.




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