Medidas de la Fase 0 del Plan de Transición que entrarán en vigor a partir del lunes 4 de mayo

El Gobierno de España ha publicado en el BOE las medidas que entrarán en vigor a partir de mañana lunes 4 de mayo, en la llamada Fase 0 del Plan […]
El Gobierno de España ha publicado en el BOE las medidas que entrarán en vigor a partir de mañana lunes 4 de mayo, en la llamada Fase 0 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad. Entre las mismas cabe citar el uso obligatorio de mascarillas en el transporte público y, para ello, en Arganda se repartirán otras 15.200 mascarillas de los dos millones que la Delegación del Gobierno de Madrid ha puesto a disposición de los municipios de la Comunidad. Toda la normativa se puede ver en https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/03/pdfs/BOE-A-2020-4789.pdf.
Los pequeños comercios, de menos de 400 metros cuadrados como peluquerías, centros de fisioterapia o tiendas de arreglos de ropa o de calzado podrán abrir, pero con limitaciones, pues sólo se atenderá a los clientes de forma individual y siempre con cita previa. Cada trabajador sólo podrá ocuparse de un cliente. Los locales deberán contar con mostrador o mampara, o cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual. Se establecerán horarios de atención preferente para mayores de 65 años, coincidiendo con su franja horaria de paseo, de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas. Además deben aplicarse unas medidas de higiene concretas en estos establecimientos y locales. El tiempo de permanencia será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.
Los locales de hostelería, además de seguir prestando a domicilio, podrán vender comida para llevar, siempre sin consumo en el local, evitándose aglomeraciones. Los vecinos y vecinas podrán acudir a recoger la comida y el servicio deberá prestarse con la máxima protección. Sólo se pueden acudir a establecimientos del mismo municipio en el que resida cada persona. Toda la orden sobre los comercios y hostelería se puede ver en https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/03/pdfs/BOE-A-2020-4793.pdf.
También se pueden llevar a cabo pequeñas reformas y rehabilitación de viviendas y locales no habitados o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan distintas condiciones (https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/03/pdfs/BOE-A-2020-4790.pdf). Se autorizan los entrenamientos para deportistas profesionales, manteniéndose las limitaciones horarias para los deportistas no profesionales. Se mantienen igualmente las franjas horarias para los paseos y las salidas de los menores de 14 años.
Volver