04/09/2020

El alcalde de Arganda, Guillermo Hita, ha firmado un Bando donde se recuerdan las medidas sanitarias para evitar el contagio

Tal como se acordó en la Junta Local de Seguridad del Ayuntamiento de Arganda del Rey, celebrada este miércoles 2 de septiembre, el alcalde, Guillermo Hita, ha firmado un Bando […]


Tal como se acordó en la Junta Local de Seguridad del Ayuntamiento de Arganda del Rey, celebrada este miércoles 2 de septiembre, el alcalde, Guillermo Hita, ha firmado un Bando donde se recuerdan las medidas sanitarias decretadas por la Comunidad de Madrid a cumplir obligatoriamente por los vecinos y vecinas de la localidad como medio de evitar la propagación y aumento de casos de COVID-19, haciendo un especial llamamiento a la prudencia y a la responsabilidad personal, evitando todo tipo de conductas que supongan un riesgo de transmisión comunitaria de la pandemia.

Se recuerda que todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad. Se exceptúa el uso de mascarilla a los menores de 6 años y a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla. Tampoco será obligatoria para practicar deporte al aire libre, exclusivamente durante la realización de la práctica deportiva, o cuando por la propia naturaleza de las actividades el uso de la mascarilla resulte incompatible, como durante el consumo de bebidas y alimentos. No se exigirá en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, siempre y cuando la afluencia de las personas permita mantener la distancia interpersonal de seguridad.

No se puede fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, incluidas las terrazas de los establecimientos de hostelería, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros. La participación en cualquier agrupación de personas de carácter privado o no regulado en la vía pública o en espacios públicos se limita a un máximo de diez personas, salvo que se trate de personas convivientes.

Los establecimientos de hostelería y restauración deben garantizar la distancia interpersonal de, al menos, 1,5 metros en los servicios de barra y entre las mesas, las cuales deben tener una agrupación máxima de diez personas. Los establecimientos deben cesar su actividad, como máximo a la 01:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas, rigiendo el horario de cierre que tuvieran autorizado por los órganos competentes si este fuera anterior a dicha hora.

Queda suspendida la actividad de los locales de discotecas y demás establecimientos de ocio nocturno (salas de baile y bares especiales con y sin actuaciones musicales) hasta la finalización de la vigencia de la declaración de actuaciones coordinadas en Salud Pública.

BANDO-XVII-03-09-2020.pdf


Volver

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para optimizar la navegación, adaptarse a sus preferencias y realizar labores analíticas. Más información

El Ayuntamiento de Arganda del Rey informa acerca del uso de las cookies en sus páginas web. Utilizamos cookies para facilitar el uso de nuestra página web. Las cookies son pequeños ficheros de información que nos permiten comparar y entender cómo nuestros usuarios navegan a través de nuestra página web, y de esta manera poder mejorar consecuentemente el proceso de navegación. Las cookies que utilizamos no almacenan dato personal alguno, ni ningún tipo de información que pueda identificarle. En caso de no querer recibir cookies, por favor configure su navegador de Internet para que las borre del disco duro de su ordenador, las bloquee o le avise en caso de instalación de las mismas. Para continuar sin cambios en la configuración de las cookies,simplemente continúe en la página web. Puedes obtener más información sobre las cookies y su uso en www.aboutcookies.org. Los tipos de cookies que utilizamos
Cookies estrictamente necesarias:
Estas cookies son necesarias para el correcto uso de la página web, permitiendo el acceso a secciones que cuentan con filtros de seguridad. Sin estas cookies, muchos de los servicios disponibles no estarían operativos.

Cookies de Navegación:
Estas cookies recogen información sobre el uso que las visitas hacen de la web, por ejemplo páginas vistas, errores de carga... Es información genérica y anónima, donde no se incluyen datos personales, ni se recoge información que identifique a los visitantes; siendo el objetivo último mejorar el funcionamiento de la web.
Al visitar nuestra página web, acepta la instalación de estas cookies en su dispositivo.

Cookies Funcionales:
Estas cookies permiten recordar información (como su nombre de usuario, idioma o la región en la que se encuentra) y características más personales. Por ejemplo, la posibilidad de ofrecer contenido personalizado basado en la información y criterios que hayas proporcionado voluntariamente. Estas cookies también pueden utilizarse para recordar los cambios realizados en el tamaño del texto,fuentes y otras partes personalizables de la página web. También se utilizan para ofrecer algunos servicios solicitados, como ver un video o comentar en un blog. La información que recopilan estas cookies puede ser anónima y no podrá ser seguida su actividad en otras páginas web. Al visitar nuestra página web, aceptas la instalación de estas cookies en tu dispositivo.
Cómo administrar las cookies en los ordenadores. Si quiere permitir el uso de cookies de nuestro site, por favor sigue las siguientes instrucciones.

Google Chrome
1. Al abrir el navegador, seleccione “herramientas” en la parte superior y elija la pestaña de “opciones”.
2. Dentro de opciones, seleccione “privacidad”.
3. Marque “permitir la administración de cookies”.

Microsoft Internet Explorer 6.0, 7.0, 8.0, 9.0
1. Al abrir el navegador, seleccione “herramientas” en la parte superior y elija la pestaña de “opciones”.
2. Revise la pestaña de “Privacidad” asegurándose esté configurada con un nivel de seguridad medio o inferior.
3. Si la configuración de Internet no es media se estarán bloqueando las cookies.

Mozilla Firefox
1. Al abrir el navegador, seleccione “herramientas” en la parte superior y selecciona la pestaña de “opciones”.
2. Seleccione el icono de Privacidad
3. Seleccione en cookies, y marque: “permitir la instalación de cookies”.

Safari
1. Al abrir el navegador, seleccione “herramientas” en la parte superior y elija la pestaña de “opciones”.
2. Seleccione en la pestaña de “Seguridad” y revise si la opción “Bloquear el acceso de cookies de terceros” está marcada o no.
3. Haga click en “guardar”.

La instalación de cookies en Mac
Si tienes un Mac y quiere permitir el acceso de nuestras cookies en su ordenador, por favor siga las siguientes instrucciones:
Microsoft Internet Explorer 5.0 en OSX
1. Entre en “Explorer” y selecciona “Preferencias” en la barra de navegación.
2. Haga scroll hacia abajo hasta que veas “Cookies” justo debajo de archivos recibidos.
3. Marcar “No volver a preguntar”.

Safari en OSX
1. Entre en Safari y selecciona “Preferencias” en la barra de navegación.
2.Haga click en la pestaña de “Seguridad” y marque la opción “aceptar cookies”
3. Seleccione la opción: “Sólo desde el site actual en que estoy navegando”

Mozilla y Netscape en OSX
1. Entre en “Mozilla” o “Netscape” y en la parte superior de tu navegador, marque la opción de “Preferencias”
2. Haga scroll hacia abajo hasta que vea “Cookies” justo debajo de “Privacidad y Seguridad”.
3. Marque la opción “Permitir el acceso de cookies sólo desde el site actual”

Opera
1. Entre en “Opera” y seleccione “Menú” y “Ajustes” en la barra de navegación.
2. Seleccione “Preferencias” y haga click en la pestaña de “Avanzado”.
3. Marque la opción “Aceptar cookies”

CERRAR VENTANA